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Ley "María Gabriela"

hace 5 horas
2 min de lectura

Fuimos convocados junto a otras 5 ONG´s para trabajar en la modificación de los derechos de las parejas convivientes en el Código Civil y Comercial de la Nación por un grave incidente médico evitable.


María Gabriela estaba en pareja desde hace más de 9 años. Compartían sus vidas y negocios. Eran un matrimonio sin formalizar. Esta situación toca dos institutos del derecho: el matrimonio y las sucesiones.


Hace poco tiempo su pareja enfermó y debía enfrentar una larga operación. Se realizó con éxito. Al día siguiente debías despertarlo y ex tubarlo. Lamentablemente, al ex tubarlo el servicio de Terapia Intensiva cometió una mala praxis sobre técnicas médicas habituales en dicho servicio y provocó un daño cerebral importante.


El médico comenzó a "sugerirle" a María Gabriela que "su pareja no se merecía vivir así". Se le informó al médico, que lo recordara básicamente, que el deseo de su pareja era vivir. Esto ocurrió delante de la familia de María Gabriela, la familia de de su pareja.


El hecho es que, frente a la necesidad de viajar, María Gabriela le deja un mensaje al médico preocupada por los cuidados de su pareja y le escribió por WathsApp la "voluntad" de su pareja y la suya.


Lamentablemente, para encubrir la mala praxis, el Hospital procedió a quitarle el soporte vital a su pareja y a inducirlo a la muerte mediante medicación. Un homicidio calificado.


Al momento de discernir "quién" tiene la representación del paciente por sustitución, hay que remitirse al Art. 6° Ley 26.529/26.742; Art. 21 inc. a Ley 24.193; y Art. 59 del CCyCN, que establecen un orden de prelación jerárquico y excluyente: En primer término está la esposa y/o la conviviente. La pareja era divorciado y María Gabriela era la única persona que podía sustituir la voluntad de éste.


Parece que con la ley no alcanza. Trabajaremos en dos ejes:


1.- Modificar el régimen del matrimonio aggiornando a la realidad las relaciones de parejas informales, que son la mayoría;


2.- La modificación del régimen sucesorio incorporándolas como herederas forzosas.


Afortunadamente, la pareja de María Gabriela sabía "qué" podía pasar y dejó documentado en su celular todo lo necesario para protegerla. Pero esto no es lo habitual y por ello nos encargaron trabajar en esto.









 
 
 

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Fundada el 07/03/2000

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