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SUCESIONES COMUNES y TESTAMENTARIAS

Presentamos el nuevo programa para que nuestros amigos, colaboradores, suscriptores, afiliados y representados puedan realizar sus procesos sucesorios.

 

El OBJETIVO es allanar las dificultades financieras por su alto valor en dólares:

1. - Los herederos y legatarios podrán mantener la intangibilidad de sus AHORROS en moneda extranjera facilitando la financiación y pago en moneda local. Esto permitirá mantener sus ahorros para otras urgencias como la salud familiar;

 

2. – También podrán adaptar el pago de honorarios a la capacidad de pago real familiar con un piso ajustado a la realidad económica y financiera del país;

 

3. – Tendrán certeza del monto de honorarios a pagar evitando la tasación judicial de los bienes a trasmitir que suele ser muy superior al precio promedio ponderado de mercado;

 

4. – No abonarán honorarios de la primera y tercera etapa, así como de los gastos de las dos primeras etapas;

5. - Alcanza a todo  el grupo familiar y hasta el cuarto grado de cada uno de ellos.                    

 

En concreto, el cronograma de beneficios es el siguiente:

 

Primera etapa:

La demanda de sucesión

 

            . – Honorarios de inicio: BONIFICADOS

            . – Gastos de inicio: BONIFICADOS

*Los honorarios y gastos  de inicio bonificados facilitan enormemente el inicio de las sucesiones pendientes. Honorarios y gastos son BONIFICADOS 100% en esta etapa.

 

Segunda etapa:

La declaratoria de herederos o aprobación de testamento

 

            . - Honorarios 2° etapa ver apartado más abajo de HONORARIOS y FINANCIACIÓN.

            . – Gastos de la etapa. BONIFICADOS

*La segunda etapa también es sin gastos. Finaliza con la declaratoria de herederos o aprobación del testamento.

Tercera etapa:

La inscripción  de los bienes

 

            . – Honorarios tercera etapa: BONIFICADOS

            . – Gastos de Inscripción: SIN BONIFICAR - A CARGO BENEFICIARIO

*Los honorarios de la tercera etapa correspondiente a la inscripción de bienes a los herederos o legatarios, también son bonificados. No así los gastos que quedan a cargo de éstos beneficiarios.

HONORARIOS:

En cuanto a los honorarios:

            . – Se fijan honorarios únicos y mínimos al inicio de la gestión.

            . – Se fija el monto y cantidad de cuotas o el pago único.

           

*Los honorarios se fijan al inicio de los trabajos a realizar. Se tasa el acervo hereditario y se calcula el monto total de honorarios. Luego se elige el plan de financiación y/o el pago único.

El acervo hereditario lo constituyen todos los bienes registrables que requieren el trámite sucesorio para ser trasmitidos fallecido el causante.

FINANCIACIÓN:

           

            . – Pago en PESOS y en cuotas SIN INTERESES.

            . – Hasta 60 meses.

            . – Casos especiales a convenir.

 

*En caso de optarse por este plan de financiación, los honorarios mínimos y únicos a pagar se calcularán de conformidad a la capacidad de pago que tenga el heredero o legatario, sujeto a un piso mínimo mensual.

El monto total de honorarios mínimos y únicos se fraccionará en pagos mensuales normales y consecutivos hasta los 60 meses de plazo.

En caso especiales se podrá analizar y trazar plazos de pago mayores u otras alternativas viables que permitan la realización de las sucesiones a tramitar.

El suscriptor beneficiario puede abonar los honorarios únicos y mínimos en pesos, dólares estadounidenses o CRYPTO activos como $BTC $ETH $USDT $BUSD $USD u otras a convenir.

Eventualmente el heredero o legatario podrá optar por el pago único indistintamente o, elegida la financiación, podrá adelantar o cancelar cuotas según su capacidad de pago.

Los pagos se realizan del 1 al 10 de cada mes.

 

TURNOS:

 

            . – Mediante texto al WhatsApp +54-9-11-5247-3349 solicitar turno.

            . – Se le reserva turno-cupo.

            . – Se irá guiando por dicho medio hasta concretar entrevista presencial.

            . - Sólo 45 cupos iniciales. Se ampliará oportunamente de ser posible.

            . - El presente plan tiene una vigencia de 6 meses o 45  cupos, lo que ocurra primero.

 

 

Desde el  año 2000 a la fecha hemos detectado que más del 47% de nuestros suscriptores han dejado pendientes las sucesiones por la incapacidad financiera de poder concretarlas.

 

Con esta herramienta, esperamos poder ayudar a todos a completar judicialmente la trasmisión de bienes familiares pendientes o a iniciarse.

 

Esperamos sea la solución a la problemática.

Si necesita más información  sobre sucesiones haga clik en Preguntas Frecuentes.

 

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